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¿Puedo colocar un aparato de aire acondicionado en la fachada exterior?

Si se pregunta si se puede instalar un aparato de aire acondicionado en la fachada exterior, la respuesta puede ser negativa en la mayoría de los casos. Está prohibido instalar en fachadas exteriores componentes que integren instalaciones de carácter particular, ya sean aparatos de climatización o cualquier otro.

La única posibilidad para colocar un aparato de aire acondicionado en la fachada exterior es solicitar un estudio sobre el estado y características del muro. El estudio tendrá que resolverse favorablemente y tendrá que ser presentado ante el ayuntamiento de la localidad.

En el caso de fachadas interiores sí será posible colocar un dispositivo de estas características, aunque es necesario que se certifique la necesidad técnica de llevar a cabo dicha instalación. Cualquier componente adosado a la fachada interior no podrá sobrepasar ciertas dimensiones; estas dimensiones se determinan por las Normas del Plan General de Ordenación Urbana.

Además, tanto aparatos de aire acondicionado que se instalen en la fachada como otros, deberán cumplir con la normativa en cuanto a ruidos y vibraciones.



¿Debo solicitar permiso para instalar un aparato de aire acondicionado en la fachada exterior?

Si tiene dudas sobre si debe solicitar permiso para instalar un aparato de aire acondicionado en la fachada exterior, puede poner en contacto con nuestros especialistas para solventárselas. En todo caso y como hemos dicho, en la mayor parte de los casos no se permite la colocación de aparatos en zonas visibles.

Sin embargo, no todas las localidades se rigen por las mismas normativas. En el caso de que Vd. desee instalar un aparato de climatización en un edificio de Zaragoza, deberá atenerse a la normativa municipal.

Es necesario tener en cuenta que los compresores de los aparatos de aire acondicionado pueden causar molestias a los vecinos: trepidaciones, ruido… Además, la estética del edificio también puede resentirse por la inclusión de un elemento ajeno a los elementos arquitectónicos del propio inmueble.

Es muy importante que, ante de decidirse por un tipo de aparato de aire acondicionado, el usuario se informe sobre los permisos que requiere el ayuntamiento. No solo de autoridades administrativas o legales: también será necesario el visto bueno de la comunidad de propietarios en donde se halle la vivienda o local del usuario. Este deberá tener en cuenta los estatutos de la comunidad. Las edificaciones se regulan a través de la Ley de Propiedad Horizontal. En su artículo 7.2 esta ley prohíbe expresamente la colocación de aparatos de puedan causar molestias a los vecinos.

Por esta razón, es posible que en los estatutos de las comunidades se recojan estos puntos, pudiendo ser variados en algunos detalles, siempre bajo el acuerdo de la mayoría o la totalidad de los miembros de la comunidad. En esta documentación, pueden figurar varios supuestos siempre teniendo en cuando la mencionada ley. Puede ser que la comunidad permita la instalación, que la prohíba o que haya una situación intermedia.

Cuando el usuario haya logrado los permisos necesarios, o sea, los del ayuntamiento y la comunidad de propietarios, podrá ya instalar su aparato de climatización sin temor a sanciones ni quejas vecinales.



¿Qué ocurre si instalo un aparato de aire acondicionado en la fachada sin permiso?

En el caso de instalar un aparato de aire acondicionado en la fachada sin permiso, el usuario puede verse en serios problemas legales. Dependiendo de dónde la haya instalado, puede suponer un peligro público susceptible de denuncias incluso por lo penal. Nunca hay que arriesgarse en este aspecto e informarse bien.

La colocación de aparatos en fachadas exteriores debe estar justificada por necesidades técnicas, además de que tendrá que realizar un plan de viabilidad. Es el supuesto más complejo, ya que en otros casos tan solo se trata de solicitar permisos comunes por colocación de elementos sobresalientes en propiedades horizontales.

Si instala un aparato climatizador en la fachada exterior sin permiso, no solo se expondrá a multas administrativas, sino también a las posibles llamadas de atención de los vecinos.

Ante la proximidad del calor, sabemos que en el aire acondicionado, muchos usuarios encuentran calidad de vida… y es cierto; pero para que todo discurra sin problemas, tanto en lo técnico como en lo legal, deberá contactar con expertos en aire acondicionado y climatización.



¿Debo solicitar permiso si instalo el aparato de aire acondicionado en un patio interior?

Sí, debe solicitarse permiso para la instalación de un aparato de aire acondicionado en un patio interior. Lo cierto es que se trata de un procedimiento mucho más fácil de cuando estamos hablando de colocaciones en zonas exteriores o con vistas a la calle.

En la mayor parte de los casos, será necesario presentar un certificado técnico, y, por supuesto, obtener el permiso de la comunidad.

Hay que recordar una vez más, que no conviene montar elementos de climatización por cuenta propia sin contar con nadie, siempre que estos comporten mecanismos o elementos que den a zonas comunes. Tanto por estética como por otras razones, los estatus de la comunidad pueden marcar unas pautas muy claras. Sin embargo y con buen talante, normalmente se llega a acuerdos para que nadie se vea perjudicado.

Ante cualquier duda en cuanto a permisos para montar aire acondicionado en fachadas, contacte con nuestros expertos en Zaragoza y le propondremos las soluciones más interesantes. Nos encargaremos de asesorarle en todo lo que necesite además de encargarnos de la instalación de su aire acondicionado.

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